El
art. 80 de la ley federal del trabajo expresa que “para trabajo igual,
desempeñado en el puesto y condiciones de eficiencia también iguales, debe
corresponder salario igual”
Es
la relación de todo el trabajo y existen dos partes que son:
·
La organización (patrón)
·
El trabajador
Que se pueden considerar
como los medios de trabajo y la fuerza de trabajo.
Un salario que no sea
remunerador a juicio de las juntas de conciliación y arbitraje.
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